viernes, 17 de abril de 2009

DERECHO DE SUCESIONES O DERECHO TESTAMENTARIO

El Derecho de sucesiones es aquella parte del Derecho privado que regula la sucesión mortis causa, el destino de las titularidades y relaciones jurídicas tanto activas como pasivas de una persona después de su muerte. aQUI SEÑALO ALGUNAS DEFINICIONES PARA ENTENDER ESTE DERECHO.
En la regulación de las sucesiones, se contemplan importantes aspectos, tales como:
• Destino que se le van a dar a los bienes del difunto o causante. Se determina el ámbito de actuación de la autonomía de la voluntad, las normas imperativas que sean necesarias y las normas dispositivas que suplirán la voluntad del causante, en caso de no existir testamento.
• Requisitos de validez del testamento, con la finalidad de asegurar que lo que aparezca en él sea realmente la voluntad del testador.
• Los trámites necesarios para el reparto del caudal relicto (bienes hereditarios).
o Acervo hereditario, o bien masa hereditaria, sinónimos de sucesión por causa de muerte en sentido objetivo.
o Conjunto de asignatarios, sinónimo de sucesión por causa de muerte en sentido subjetivo.

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